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EL SEGURO DE PROTECCIÓN
JURÍDICA
El seguro de Protección Jurídica
es uno de los seguros más desconocidos del gran público
pero no por ello de menor utilidad, así que comenzaremos
por explicar que es y para que sirve.
Este seguro tiene como propósito el proporcionar
los servicios de los profesionales del derecho, y en ocasiones otros
adicionales, como peritos, para que defiendan legalmente los derechos
del asegurado, tanto judicial como extrajudicialmente. A menudo
forma parte, como una garantía más, de otras pólizas,
siendo las de automóvil u hogar las más conocidas,
y se aplica en el ámbito específico de las mismas,
pero también hay pólizas exclusivas para este seguro
ofrecidas por un pequeño grupo de compañías
especializadas en él.
Si bien el propósito del seguro es la defensa
y reclamación en general del asegurado, las pólizas
delimitan las situaciones en las que se ofrece la garantía
de cobertura, por lo que es muy importante contar con el asesoramiento
de un especialista, generalmente un Corredor de Seguros pues muy
pocos Agentes de Seguros actúan en este especializado sector,
para que suscribamos la póliza acorde con nuestras necesidades.
Como hemos señalado en muchas ocasiones ninguna póliza
de seguro cubre absolutamente todo lo que nos pueda pasar y ofrece
soluciones para todos los casos posibles en los que desearíamos
estar cubiertos, por lo que saber el alcance de las coberturas y
exclusiones concretas de la póliza que vamos a contratar
es la mejor manera de evitar sorpresas desagradables. Las coberturas
que pueden contratarse son muy amplias y van desde la defensa penal
a la asistencia jurídica en caso de divorcio o en problemas
fiscales o laborales, y a menudo se pueden contratar diversas cuantías
de la prestación, pues los honorarios de abogados, procuradores
y otros profesionales que intervengan en un asunto pueden ser de
muy diversa cuantía.
Para los viajeros resulta de especial utilidad
la garantía que ofrecen algunas compañías de
cobertura de reclamaciones a en materia de contratos de servicios
de viajes, turísticos y de hostelería, pues dada la
peculiaridad del ordenamiento jurídico español (Nota
de AVIMUN: ver explicación sobre este particular en el trabajo
de nuestra abogada "Responsabilidad
de las compañías aéreas derivada del contrato
de transporte") no resulta económico acudir a contratar
los servicios de abogados y procuradores cuando las cuantías
reclamadas no son muy elevadas, por lo que, conocedores de esa circunstancia
muchas empresas del ramo hacen oídos sordos a las reclamaciones
meramente amistosas, pues saben que raramente serán llevadas
a los tribunales, y en cambio, cuando saben fehacientemente que
hay una compañía de seguros presentando la reclamación
suelen avenirse al pago de las indemnizaciones solicitadas sin necesidad
de llegar al juzgado, pues son conscientes que de negarle la aseguradora
les perseguirá judicialmente y al final tendrán que
pagar más.
Como el coste de una póliza que cubra esta
eventualidad es muy bajo, no sólo al viajero frecuente sino
a cualquier persona que haga un viaje de avión, por ejemplo,
al año (y ponemos este caso de los aviones porque los retrasos
y las anulaciones son harto habituales) le puede ser rentable la
suscripción de una póliza de este tipo, ya que de
lo contrario tiene escasas probabilidades reales de ser indemnizada.
Hay que señalar que como estas pólizas
suelen tener lo que se llama un "plazo de carencia", o
sea, un tiempo que ha de pasar entre la contratación y el
derecho a servirse de las garantías de la póliza,
es importante no dejar su contratación para el momento próximo
al viaje pues podemos encontrarnos que no surtirá efecto
hasta tres meses después de contratarla.
También es importante saber que este tipo
de pólizas pueden tener un "mínimo litigioso",
esto es, que la reclamación habrá de tener una cuantía
mínima (que suele ser, si la hay, verdaderamente pequeña),
para evitar tener que acudir a los tribunales por cantidades verdaderamente
exiguas, por ejemplo 60,00 euros y que pueden tener un ámbito
geográfico de aplicación que no cubra todos los países
del mundo.
Y por último es interesante señalar
que para la defensa de nuestros derechos podemos acudir a los profesionales
de la compañía o a los elegidos por nosotros en las
condiciones que determine la póliza.
Ahora puedes contratrar una póliza específica para
cubrir las reclamaciones viajeras. Más
información.
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