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EL SEGURO DE PROTECCIÓN JURÍDICA

El seguro de Protección Jurídica es uno de los seguros más desconocidos del gran público pero no por ello de menor utilidad, así que comenzaremos por explicar que es y para que sirve.

Este seguro tiene como propósito el proporcionar los servicios de los profesionales del derecho, y en ocasiones otros adicionales, como peritos, para que defiendan legalmente los derechos del asegurado, tanto judicial como extrajudicialmente. A menudo forma parte, como una garantía más, de otras pólizas, siendo las de automóvil u hogar las más conocidas, y se aplica en el ámbito específico de las mismas, pero también hay pólizas exclusivas para este seguro ofrecidas por un pequeño grupo de compañías especializadas en él.

Si bien el propósito del seguro es la defensa y reclamación en general del asegurado, las pólizas delimitan las situaciones en las que se ofrece la garantía de cobertura, por lo que es muy importante contar con el asesoramiento de un especialista, generalmente un Corredor de Seguros pues muy pocos Agentes de Seguros actúan en este especializado sector, para que suscribamos la póliza acorde con nuestras necesidades. Como hemos señalado en muchas ocasiones ninguna póliza de seguro cubre absolutamente todo lo que nos pueda pasar y ofrece soluciones para todos los casos posibles en los que desearíamos estar cubiertos, por lo que saber el alcance de las coberturas y exclusiones concretas de la póliza que vamos a contratar es la mejor manera de evitar sorpresas desagradables. Las coberturas que pueden contratarse son muy amplias y van desde la defensa penal a la asistencia jurídica en caso de divorcio o en problemas fiscales o laborales, y a menudo se pueden contratar diversas cuantías de la prestación, pues los honorarios de abogados, procuradores y otros profesionales que intervengan en un asunto pueden ser de muy diversa cuantía.

Para los viajeros resulta de especial utilidad la garantía que ofrecen algunas compañías de cobertura de reclamaciones a en materia de contratos de servicios de viajes, turísticos y de hostelería, pues dada la peculiaridad del ordenamiento jurídico español (Nota de AVIMUN: ver explicación sobre este particular en el trabajo de nuestra abogada "Responsabilidad de las compañías aéreas derivada del contrato de transporte") no resulta económico acudir a contratar los servicios de abogados y procuradores cuando las cuantías reclamadas no son muy elevadas, por lo que, conocedores de esa circunstancia muchas empresas del ramo hacen oídos sordos a las reclamaciones meramente amistosas, pues saben que raramente serán llevadas a los tribunales, y en cambio, cuando saben fehacientemente que hay una compañía de seguros presentando la reclamación suelen avenirse al pago de las indemnizaciones solicitadas sin necesidad de llegar al juzgado, pues son conscientes que de negarle la aseguradora les perseguirá judicialmente y al final tendrán que pagar más.

Como el coste de una póliza que cubra esta eventualidad es muy bajo, no sólo al viajero frecuente sino a cualquier persona que haga un viaje de avión, por ejemplo, al año (y ponemos este caso de los aviones porque los retrasos y las anulaciones son harto habituales) le puede ser rentable la suscripción de una póliza de este tipo, ya que de lo contrario tiene escasas probabilidades reales de ser indemnizada.

Hay que señalar que como estas pólizas suelen tener lo que se llama un "plazo de carencia", o sea, un tiempo que ha de pasar entre la contratación y el derecho a servirse de las garantías de la póliza, es importante no dejar su contratación para el momento próximo al viaje pues podemos encontrarnos que no surtirá efecto hasta tres meses después de contratarla.

También es importante saber que este tipo de pólizas pueden tener un "mínimo litigioso", esto es, que la reclamación habrá de tener una cuantía mínima (que suele ser, si la hay, verdaderamente pequeña), para evitar tener que acudir a los tribunales por cantidades verdaderamente exiguas, por ejemplo 60,00 euros y que pueden tener un ámbito geográfico de aplicación que no cubra todos los países del mundo.

Y por último es interesante señalar que para la defensa de nuestros derechos podemos acudir a los profesionales de la compañía o a los elegidos por nosotros en las condiciones que determine la póliza.

Ahora puedes contratrar una póliza específica para cubrir las reclamaciones viajeras. Más información.

 

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